Los logros y los retos de la Ley 8/2021, de Protección a la Infancia y la Adolescencia
La nueva Ley 8/2021, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI), reconoce por primera vez el derecho que tienen niños, niñas y adolescentes a crecer libres de violencia. Tal como quedó patente en la jornada “Infancia sin cicatrices”, coorganizada por IL3-UB y Save the Children, su promulgación es un gran logro, pero también un gran reto. Se trata del punto de partida para un cambio social que depende de la iniciativa legisladora, la estrategia de los actores implicados, públicos y privados, y los recursos que se pondrán a disposición de la norma.
Esperanza y desafíos a partes iguales. Este ha sido el clima con el que concluyó la jornada Infancia sin cicatrices. Oportunidades de la nueva Ley de Protección a la Infancia frente a la Violencia (LOPIVI), organizada por el máster interdisciplinario en Prevención y Tratamiento de la Violencia Familiar de IL3-UB y Save The Children España. El evento online confirmó el interés que la promulgación de la ley ha generado en diversos segmentos de la gestión social, sanitaria, educativa y la sociedad civil: congregó a más de 180 profesionales que, de la mano de un destacado panel de expertos, pudieron conocer los aspectos más relevantes de la nueva norma, las claves para su aplicación, así como las vías para solventar y resolver los vacíos que pese a su promulgación aún se mantienen.
LOPIVI: la base de una sociedad futura libre de violencia
En la inauguración de la jornada, el Dr. Joan Guardia, rector de la Universidad de Barcelona, destacó que la LOPIVI es la base que necesita la sociedad del futuro: “Para construir una sociedad justa y equitativa es crucial proteger el bienestar de la infancia y la adolescencia”. Coincidió plenamente con esta reflexión Andrés Conde, director general de Save the Children España, quien dio visibilidad al largo y complejo camino recorrido desde los primeros intentos de impulsar la ley hace más de 10 años hasta su promulgación el pasado mes de junio como Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia: “La violencia hacia la infancia no es natural y es evitable. Esta ley es el primer paso político para desencadenar un cambio de paradigma en el modo que nuestro país trata a los niños, las niñas y los adolescentes. Reconoce el derecho de este grupo a vivir libre de violencia. Sin duda, es el mejor camino para conseguir una sociedad adulta libre de violencia y basada en el respeto”. Para Alexis Serra, secretario de Infancia, Adolescencia y Juventud del Departamento de Derechos Sociales de la Generalitat de Catalunya, esta ley marca el camino para una nueva etapa de colaboración entre administraciones y será clave “para impulsar la formación de perfiles específicos destinados a concretar la labor de protección a la infancia y la adolescencia con el foco puesto en la prevención”.
¿Por qué la LOPIVI es tan relevante?
En su intervención, Jorge Cardona, catedrático de Derecho Internacional Público en la Universidad de Valencia, dio detalles acerca de por qué es tan relevante la promulgación de la Ley Orgánica 8/2021. Según el experto, el concepto clave de la ley es la integralidad, porque considera a los niños, las niñas y los adolescentes desde todos los ámbitos que afectan a su bienestar —familiar, en el sistema de protección para aquellos que no están en familia, en su esfera social y de ocio, educativa, emocional...— y porque prevé acciones que también son integrales: “La ley no se limita a sancionar la violencia, sino que prevé medidas de sensibilización, formación, prevención, detección y reparación de dicha violencia”.
Según el análisis de Cardona, los principios de la Ley se pueden resumir en siete puntos clave:
- Prohibición de cualquier forma de violencia.
- Prevención de la violencia.
- Promoción del buen trato hacia la infancia y la adolescencia.
- Luchar contra las causas estructurales de la violencia, en su mayoría de origen cultural.
- Especialización de los profesionales que trabajan con la infancia y la adolescencia.
- Empoderamiento y refuerzo de la autonomía de los niños, las niñas y los adolescentes.
- Especial atención a la vulnerabilidad: colectivos migrantes, con discapacidad, LGTBI...
María Jesús Larios, adjunta al Síndic de Greuges de Catalunya para la defensa de los derechos de los niños, destacó que con esta ley por fin el niño y la niña están en el centro, con un enfoque holístico de su persona, y dejó claro que el bienestar de este segmento es un derecho —“niños, niñas y adolescentes tienen derecho a no sufrir ningún tipo de violencia”—, por lo que ya no se trata de una responsabilidad arbitraria de las administraciones y ciudadanos, sino que se genera una obligatoriedad en relación con su ejercicio.
Antoni Pérez, director de Save the Children Catalunya, recordó que la violencia contra la infancia y la adolescencia ha sido hasta ahora un fenómeno invisibilizado, muchas veces impune y con gran tolerancia social. “Esto ya es pasado, tenemos una ley pionera a escala mundial y muy ambiciosa en sus planteamientos”, celebró, señalando que su éxito sin duda pasa porque se produzca el cambio cultural de tolerancia cero respecto a la violencia.
Guillem Iñiguez, director general de IL3-UB, destacó que la formación está llamada a ser una herramienta clave para la aplicación de esta ley, para que los profesionales implicados en el circuito sean capaces de detectarla en fases tempranas y conseguir su total erradicación. Asimismo, consideró imprescindible la creación de un ecosistema de colaboración interdisciplinaria para su aplicación: “Espacios como la universidad son claves para facilitar el encuentro entre profesionales y construir así los puentes que necesita la ley”.
Nueva ley, nuevos retos
Jorge Cardona recordó que la ley es el primer paso de un largo camino que se inicia y que su correcta aplicación depende de una decidida apuesta legislativa, estratégica y de recursos por parte de las administraciones. “En primer lugar, es fundamental que las comunidades autónomas revisen su legislación competencial a la luz de la nueva ley para adoptar nuevas normas que hagan factible su aplicación. En segundo lugar, deben participar en la elaboración de la estrategia nacional, pero deben diseñar su propia estrategia de protección a la infancia y adolescencia según su realidad local. Y, por último, tienen que poner los recursos personales, materiales y financieros para su ejecución”. Cardona recordó que “no hay ningún derecho a coste cero”.
Para Ester Cabanes, el reto principal es la voluntad política: “Debemos tener gobiernos que crean en la necesidad de promulgar y hacer cumplir este tipo de leyes sin que estén supeditadas a ciclos políticos”, afirmó. En un ámbito más específico, María Jesús Larios destacó que la Administración debe asumir su responsabilidad en la construcción de entornos familiares seguros: “Es su responsabilidad hacer valer el hecho de que niños y niñas deben crecer en entornos seguros. Es también su responsabilidad promover la parentalidad positiva, poner los recursos para que sea una realidad, no desentenderse de esta esfera privada”. Asimismo, comentó que es imprescindible impulsar espacios de encuentros interdepartamentales para garantizar su aplicación de manera colaborativa entre todos los profesionales, y que se haga una decidida apuesta por la formación para asegurar la implementación de la ley.
Isabel Lázaro, especialista en derecho de la infancia y profesora de la Universidad Pontificia Comillas, coincidió con Cardona en que es imprescindible un desarrollo normativo de la ley para asegurar que se ejecutan correctamente acciones clave como la detección y la comunicación: “Se debe ir más allá del protocolo, ya que la aplicación firme de la ley depende de una norma clara”. Asimismo, recomendó impulsar sistemas de evaluación en la estructura de protección “para que cada actor realmente ejerza el papel que la ley le exige”.
En lo que se refiere a los colectivos más vulnerables —discapacitados, LGTBI, migrantes no acompañados, en acogida...—, Clara Martínez, directora de la cátedra de los Derechos del Niño en Universidad Pontificia Comillas ICAI-ICADE, reflexiona sobre la necesidad de legislar en relación con las intervenciones de urgencia en caso de sospecha o riesgo de violencia: “La atención en caso de urgencia no está sujeta a requisitos procedimentales ni de forma... Si es inmediata debe hacerse, pero no está de más que se formalice por qué se ha actuado de una manera u otra”.
Desde SICAR, colectivo que ofrece servicios de atención integral a personas que han sido víctimas de trata, su máxima representante en Cataluña, Rosa Cendón, celebró que la ley reconozca la trata como uno de los tipos de violencia de extrema gravedad y ofrezca cobertura independientemente del tipo de explotación a la que se ha sido sometido. Sin embargo, al conectar la trata con la esfera únicamente sexual se obvian otros tipos de violencia en este ámbito, como es el caso de la mendicidad, el trabajo forzado o el ejercicio de la delincuencia, a la que muchas veces se somete a los menores. Según la experta, también queda pendiente la protección a menores hijos o hijas víctimas de violencia de trata, y reconocer que este tipo de violencia muchas veces está conectada con el crimen organizado, “lo que implica una mayor complejidad respecto a otros tipos de violencia si se quiere hacer una correcta detección, actuación y prevención”.
Entre los interrogantes que plantea Cendón, está si la ley será capaz de atender desde la mirada personalizada a colectivos especialmente vulnerables más allá de la generalización de la violencia. En el caso de las víctimas de trata, el enfoque etario es sin duda clave para asegurar que se protege el derecho de los menores a su bienestar.
David Rodríguez, de la Fundación IDEA, puso el foco en la infancia migrante y refugiada. El experto recalcó que la ley ha perdido una oportunidad en la protección de este colectivo y reclamó que se impulse normativa complementaria para corregir el hecho de que los menores no acompañados no cuentan con un contexto familiar que pueda implicarse en la reparación de la violencia: “Es imprescindible diseñar nuevas iniciativas compensatorias que vayan más allá de la residencia institucional”, señaló.
El deber de comunicación y notificación
Isabel Lázaro aportó visibilidad sobre los cambios que incorpora la nueva ley en relación con la detección en fases tempranas de situaciones de violencia y la obligatoriedad de su comunicación a los estamentos pertinentes.
Explicó que la ley prevé “un deber cualificado” que pesa sobre ciertos colectivos profesionales (centros sanitarios, de acogida, etc.) y exige una especial responsabilidad en la comunicación de situaciones de violencia. De la misma manera, para víctimas o testigos, la nueva ley abre una ventana que los empodera: “Entiende que la comunicación puede hacerse personalmente, además de a través de aquellos y aquellas que los representan. Es un cambio fundamental porque otorga credibilidad a los niños, las niñas y los adolescentes y no cuestiona su capacidad”.
La experta destacó, además, que se trata de mecanismos que se prevén “seguros, eficaces, adaptados, accesibles”, con un lenguaje que pueden comprender los niños, niñas y adolescentes, y que se habilitan diferentes medios para la comunicación, dando la relevancia que se merece el medio electrónico.
Anna Greco, investigadora del Grupo de Investigación en Victimización Infantil y Adolescencia (GReVIA), se centró específicamente en la capacidad de la ley de ir más allá de la detección escolar en el ámbito educativo: “Se sitúa a los profesionales educativos en el centro de la prevención evitando toda ambigüedad de competencias”, señaló, aunque reconoció que se carga a la escuela con muchas responsabilidades y “por ello es imprescindible que se la dote de recursos para el ejercicio de esta función”.
Colectivos vulnerables: menores en acogida, víctimas de trata y migrantes no acompañados
Clara Martínez recordó que dentro de la LOPIVI no hay un capítulo específico que haga referencia a niños, niñas y adolescentes en especial situación de vulnerabilidad, sino que se hace una aproximación a este colectivo a través de toda la norma. Pese a ello, la ley contiene menciones especiales a los niños con discapacidad, a las personas LGTBI, a los migrantes no acompañados y a aquellos que están privados del cuidado parental, “pero no hace referencia específica a aquellos que se encuentran en situación de acogimiento familiar, por lo que sería interesante ver cómo se desarrolla una legislación específica respecto a ello”. Pese a ello, la ley sí incluye un apartado específico dedicado a los centros de acogimiento residencial, y es más específico en relación con las responsabilidades que estos tienen en la labor de prevención y la difusión de las vías de comunicación entre niños, niñas y adolescentes.
Con la nueva ley, los servicios sociales asumen un papel de articuladores y referentes para todos los demás servicios en caso de violencia de los colectivos vulnerables, detalla Martínez. Para ello, la LOPIVI refuerza los equipos de intervención exigiendo una multidisciplinariedad en la formación y que se realice de manera continua, y los planes de intervención se mencionan desde la mirada de soporte y refuerzo a la parentalidad siempre que sea necesario. La experta recordó que la ley promueve la creación del Registro Unificado de Servicios Sociales sobre Violencia contra la Infancia (RUSVI), que sustituirá al Registro Unificado de Maltrato Infantil (RUMI), para tener una foto más clara y más completa de la realidad de la violencia con el fin de elaborar una nueva estrategia nacional en el tema.
Rosa Cendón pone también el foco en organizaciones más allá de los servicios sociales, como es el caso de los cuerpos policiales y de extranjería o los colegios de abogados/turnos de oficio, a quienes la ley otorga un nuevo protagonismo en la protección de la infancia y la adolescencia víctima de trata: “Es imprescindible impulsar su formación y su concienciación en relación con el factor etario del colectivo para evitar la revictimización de los menores”. Coincide con esta mirada David Rodríguez, quien espera que la nueva ley “haga prevalecer la condición de menores de edad y no de extranjeros de los niños, las niñas y los adolescentes”. Destaca que la ley tiene la voluntad de hacer oír la voz de los menores en general y de los migrantes en particular; sin embargo, la realidad muestra que no siempre se respeta este principio de la norma.